Si le han dicho que la Seguridad Social cubre los gastos médicos en un accidente de tráfico, eso es mentira. ¿Quién lo cubre realmente?
Cualquier persona se expone diariamente a ser victima de un accidente de tráfico que, en caso de sufrirlo, trae frecuentemente consigo diversas consecuencias lesivas al damnificado. Por lo tanto, es necesaria la asistencia sanitaria para la recuperación de estas.
Son frecuentes las personas que piensan que la Seguridad Social cubre de manera automática dicha asistencia, sin embargo, son las compañías de seguros o, según el caso, el Consorcio de Compensación de Seguros las únicas autorizadas para cubrir los gastos.
La culpabilidad juega un papel fundamental para determinar la aseguradora encargada de los gastos médicos. Partiendo de la base de que cualquier vehículo a motor en circulación debe contar con un seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio. De esta manera, en caso de haber dos coches involucrados en el siniestro, el conductor no culpable y sus ocupantes (sí los hay) tendrán cubiertos los gastos médicos por la aseguradora del vehículo culposo. En este caso, el seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio cubriría a los pasajeros del vehículo culpable, pero nunca al conductor responsable, que deberá acudir a la cobertura médica del seguro.
Normalmente, las pólizas de los vehículos cubren la asistencia médica de sus ocupantes, por lo que, en caso de siniestro, será la aseguradora de cada vehículo la que abone al centro médico el coste de la asistencia pertinente. El lesionado tiene la libertad de elegir el centro de rehabilitación que prefiera. Puede acudir a un hospital, donde las listas de espera suelen ser infernales y no favorecen a la pronta recuperación. En este caso, el hospital público facturará a la compañía de seguros correspondiente. Si el seguro elegido está acogido al convenio de UNESPA, firmado entre aseguradoras y médicos privados para desarrollar la cobertura médica de los seguros en caso de accidente de tráfico, la víctima podrá elegir un centro médico libremente (dentro de la lista del convenio) para realizar la terapia curativa de las lesiones, y este centro facturará directamente a la aseguradora.
Desde Indemnización Directa estamos a su disposición para asesorarle y aconsejarle de la mejor manera en cada caso concreto.
Javier Navarro