Los patinetes eléctricos en las grandes ciudades son una realidad. Han llegado para quedarse y la DGT ha empezado a tomar nota sobre este nuevo vehículo. Cada vez son más los patinetes que nos podemos encontrar en ciudades como Madrid y Barcelona, y la DGT ha anunciado que regulará su uso y el de los llamados Vehículos de Movilidad Personal (VMP). En Madrid, por ejemplo, los patinetes eléctricos están autorizados para circular por más del 80% de las calles y eso supone diversos peligros. En caso de infracción con este vehículo se aplica la misma sanción que a las bicicletas.
La edad mínima para circular con un patinete eléctrico es de 16 años, a excepción de Madrid que es de un año menos. No es obligatorio portar casco en este caso. La mayoría de las compañías que prestan el servicio del patinete eléctrico cuentan con un seguro de responsabilidad civil que cubre únicamente a terceros. Sin embargo, la ordenanza de Madrid obliga a que se cubran también los daños al usuario del patinete. El comparador de seguros ARPEM asegura que “muchos seguros de hogar con cobertura de responsabilidad civil privada o familiar cubren los daños que tú o un miembro de tu familia podáis causar por actos imprudentes en el ámbito de tu vida diaria, dentro de lo que entraría, por ejemplo, el atropello a una persona mientras vas en un VMP”.
Desde Interior quieren reformar el reglamento de circulación para exigir seguros que cubran los accidentes provocados con el patinete eléctrico. El ministro Grande Marlaska tiene como prioridad la cobertura de seguros, ya que los patinetes pueden ocasionar daños a terceros. Esta intención de reformar el reglamento viene ocasionada por la primera víctima por un accidente en patinete.
Desde Indemnización Directa estamos atentos a esta y otras nuevas realidades de la circulación vial para reclamar en favor de posibles perjudicados en accidentes provocados por estos vehículos.