El pasado 20 de febrero la Comisión de Seguimiento del Baremo de Autos aprobaba una nueva actualización de la Guía de Buenas Prácticas del baremo de tráfico, referida a dos aspectos.
El primero se refiere a la elección libre del centro asistencial por parte de las víctimas de accidentes de tráfico esté o no dentro del convenio asistencial de UNESPA, señalando que la buena práctica requiere que se garantice la libre elección de centro por el lesionado, y que se le reembolsen los gastos médicos que haya pagado.
El segundo acuerdo de esta Comisión de Seguimiento tiene que ver con una buena práctica en cuanto a la aplicación en determinados casos de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) producida en el 2019. El 21 de diciembre se fijó en 900 euros, lo que supone un incremento del 22,3%, que afecta a algunas de las Tablas indemnizatorias del baremo.
Las cantidades fijadas en el baremo de tráfico se actualizan anualmente conforme al índice de revalorización de las pensiones. Sin embargo, hay unas tablas en que el SMI es un factor que opera de forma indirecta. Se trata de las Tablas de ayuda de tercera persona (Tabla 2.C.3) y las Tablas de lucro cesante relativas a personas que no han accedido al mercado laboral (Tablas 2.C.7 y 2.C.8).
Para el cálculo correcto de estas Tablas, y mientras no se lleve a cabo la publicación por parte de la Dirección General de Seguros de su actualización conforme al nuevo SMI, será necesario un informe pericial a cargo de un actuario, el cual realizará el nuevo cálculo respetando todas las hipótesis económico-financieras y biométricas contenidas en las bases técnicas actuariales usadas para las Tablas del baremo, con la modificación del SMI fijado para el año 2.019, por haber quedado desfasadas las Tablas recogidas en la norma legal publicada.
Esperemos que la Dirección General de Seguros no solo actualice el baremo siguiendo el índice de las pensiones, como se ha hecho en los años anteriores, sino que las citadas tres Tablas las actualice conforme al SMI teniendo presente la Guía de Buenas Practicas y este acuerdo de la Comisión de Seguimiento para regularizar esta situación extraordinaria que se ha producido.
Mientras tanto, cualquier persona cuya indemnización se vea afectada por el incremento del SMI, puede acudir a Indemnización Directa donde haremos valer todos sus derechos plenamente, valiéndonos de informe actuarial para los casos en que las Tablas del baremo no recojan la cantidad que en derecho les corresponda.